Cuatro son los shoppings que hay en Rosario, dos céntricos (Palace Garden y Paseo del Siglo) y dos ubicados en la zona norte y de apertura más reciente (Portal Rosario y Alto Rosario).
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A partir de marzo de 2012, en Rosario se pueden celebrar matrimonios entre extranjeros no residentes (turistas), sin importar el sexo, la orientación sexual o la identidad de género de las o los contrayentes.
¿Quiénes pueden contraer matrimonio en Argentina?
A partir de la promulgación de la Ley Nº 26.618 (sancionada el 21 de julio de 2010) cualquier pareja -que cumpla con los requisitos establecidos en el Código Civil argentino- puede contraer matrimonio, independientemente del sexo, la orientación sexual o la identidad de género de las o los contrayentes.
Por lo tanto, a partir de esta ley —popularmente conocida como de Matrimonio Igualitario— tanto las personas heterosexuales como gays, lesbianas, bisexuales, travestis, transexuales y transgéneros pueden casarse.
¿En qué provincias rige la Ley de Matrimonio Igualitario?
Al estar contenida en el Código Civil argentino, la Ley de Matrimonio tiene vigencia en toda la República Argentina, independientemente de la ciudad o provincia donde se haya celebrado el enlace. Asimismo, nuestro país cuenta con acuerdos de reciprocidad con diversas naciones del mundo, y en muchas de ellas tienen validez los matrimonios celebrados en nuestro país.
¿Pueden las/los extranjeras/os no residentes (turistas) contraer matrimonio en Argentina?
De los 14 países que en el mundo garantizan el acceso igualitario al matrimonio para todas las parejas, solo Canadá, Argentina y Nepal permiten a las/los extranjeras/os no residentes (turistas) celebrarlo.
Sin embargo, en la actualidad un decreto del gobierno canadiense ha restringido la celebración de los matrimonios igualitarios de extranjeras/os provenientes de países en los cuales no rijan leyes equivalentes.
Por el contrario, desde el mes de marzo, en Argentina, en la ciudad de Rosario, se pueden celebrar matrimonios entre personas extranjeras no residentes (turistas) gracias a la resolución que acaba de emitir el Gobierno de la provincia de Santa Fe para todas las oficinas del Registro Civil provincial.
¿Cómo se realiza el trámite en la ciudad de Rosario?
Las parejas de extranjeras/os no residentes (turistas) que deseen contraer matrimonio en la ciudad de Rosario deberán arribar a la ciudad al menos 96 horas antes de celebrar el enlace.
Una vez aquí, las/los contrayentes deberán obtener un turno en las oficinas del Registro Civil. Para ello deberán presentar:
Documentos de identidad (en el caso de los países del MERCOSUR) o pasaportes (en el caso de los demás países)
Fotocopia del pasaporte con el sellado de ingreso al país o duplicado de la tarjeta de migraciones donde conste fecha de ingreso al país
Domicilio en el que permanecerá al menos una/o de las/los contrayentes, pudiendo ser este el del hotel en el que se aloje, y plazo de estadía en nuestro país
Asimismo, la pareja deberá realizarse los exámenes prenupciales, para lo cual deberá obtener un turno en el Centro de Especialidades Médicas Ambulatorias (CEMAR) con 72 horas de anticipación a la celebración de la boda.
Màs info
La información sobre los turnos de matrimonio y exámenes prenupciales se puede obtener en los siguientes organismos:
Federación Argentina LGBT: Web: www.lgbt.gov.ar; E-mail: federació[email protected]
Área de Diversidad Sexual: Web: www.diversidad.gov.ar; E-mail: [email protected]
[email protected] - Teléfono: (+54 341) 4802230 / 31 - Dirección: Buenos Aires y Av. Belgrano